DESTINATIARIOS.
1.- Podrán solicitar la exención total o parcial del módulo
profesional de Formación en Centros de Trabajo por su correspondencia con la práctica
laboral, todos aquellos alumnos y alumnas que acrediten una experiencia laboral de
al menos un año, relacionada con el ciclo formativo en el que estén matriculados.
2.- La experiencia laboral, mencionada en el apartado anterior, debe
demostrar que el solicitante tiene adquiridas las capacidades terminales del módulo
profesional de Formación en Centros de trabajo establecidas en el Anexo II de la Orden de
la Consejería de Educación y Ciencia, sobre orientaciones y criterios para la
elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los
itinerarios formativos, de la familia profesional a la que pertenece el ciclo formativo de
Formación Profesional específica que cursa el solicitante.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Impreso
Solicitud 
Las solicitudes de exención total o parcial del módulo profesional de
Formación en Centros de trabajo, estarán dirigidas al Director del Centro docente donde
conste el expediente académico del alumno y a las mismas se adjuntará la
siguiente documentación:
1. Por el tipo de relación laboral:
a) Trabajadores por cuenta ajena:
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a
la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral, el grupo de
cotización y el período o períodos de cotización.
- Certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en el
que conste la duración del contrato, los puestos de trabajo ocupados y las actividades
realizadas.
b) Trabajadores por cuenta propia:
- Certificado del período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos.
- Certificado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas y justificantes de pago de
dicho impuesto.
- Memoria descriptiva de las actividades desarrolladas en el ejercicio profesional,
realizada por el interesado.
2. Los solicitantes
podrían adjuntar otros documentos admitidos en derecho, que permitan ampliar la
información sobre la experiencia laboral del interesado, con objeto de facilitar la
resolución de la solicitud de exención total o parcial del módulo profesional de
Formación en Centros de trabajo.
3. Cuando el
solicitante haya intervenido con anterioridad como tutor laboral de alumnos que realizaron
el módulo profesional de Formación en Centros de trabajo del mismo ciclo formativo,
podrá adjuntar un certificado del Centro educativo en el que conste el número de alumnos
tutelados, el ciclo formativo y el curso académico.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.
La solicitud, junto con la documentación correspondiente, deberá
presentarla el interesado, al menos un mes antes de la fecha de inicio del módulo
profesional de Formación en Centros de trabajo, del ciclo formativo de
Formación Profesional Específica en el que esté matriculado.
La solicitud debidamente cumplimentada se entregará en la
SECRETARÍA del Centro docente.
En caso necesario, el Equipo Educativo del ciclo formativo podrá
recabar por escrito a los interesados cuanta información complementaria considere
oportuna y conveniente.
RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE EXENCIÓN.
1. El Director del Centro Público en el que consta el expediente
académico del alumno, a la vista de la documentación presentada por éste y el informe
emitido por el Equipo Educativo del correspondiente ciclo formativo, resolverá la
solicitud sobre exención del módulo profesional de Formación en Centros de trabajo, que
en su caso podrá ser total o parcial.
2. La resolución de la exención será comunicada por escrito
al interesado para su conocimiento al menos 20 días antes del comienzo de las
actividades propias del módulo profesional de Formación en Centros de trabajo.
RECLAMACIONES.
Los interesados podrán presentar reclamación por escrito ante el
Director del Centro Público en el que conste su expediente académico a la resolución
adoptada por éste, en el plazo de dos días hábiles contados desde la
comunicación a los mismos, en la que se recojan cuantas alegaciones justifiquen
la disconformidad con la citada resolución.
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